jueves, 7 de julio de 2022

Pro + UCR = aborto

Hechos objetivos, no opiniones. Listado de las decisiones, políticas o programas del gobierno que dependieron directamente del Poder Ejecutivo Nacional o de su mandato anterior en Ciudad de Buenos Aires, es decir de Mauricio Macri (texto de Mariana Rodríguez Varela, al que se agregó lo que lleva links y la conclusión).

 

- En toda su carrera política, jamás Macri (ni su partido) apoyó ni una de 100 leyes o iniciativas provida posibles, ¡ni una de cien!:

http://moralnetargentina.blogspot.com/2022/04/100-leyes-provida-anti-aborto.html

 

- Desde por lo menos 2010, Macri posibilita que las siguientes organizaciones promuevan impune y abiertamente el aborto (apología del crimen) y reciban fondos del exterior, en especial, de Planned Parenthood, la multinacional del aborto, es más, FUSA se involucra con la realización de abortos:

·         Fundación para la Salud del Adolescente, para la Salud Integral con Perspectiva de Género y Derechos Asociación Civil (FUSA)

·         Católicas por el Derecho a Decidir Argentina

·         Centro de Estudios de Estado y Sociedad

·         Asociación Civil Amnistía Internacional Argentina

·         Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), etc.

https://kontrainfo.com/la-multinacional-del-aborto-planned-parenthood-financio-con-us-5-millones-a-organizaciones-abortistas-argentinas/

https://www.lanacion.com.ar/opinion/los-intereses-economicos-detras-del-aborto-nid2151609/

 

- 2010, con el aval de Marcos Peña, Macri no hace caso al pedido de Mons. Bergoglio (hoy Papa Francisco) de cumplir con sus obligaciones de funcionario público de hacer valer la ley y pedir a sus fiscales que objeten el fallo ilegal de una jueza autorizando el primer homo-monio.

https://www.lapoliticaonline.com/nota/nota-61739/

https://www.lanacion.com.ar/sociedad/tensa-reunion-entre-bergoglio-y-macri-por-el-matrimonio-gay-nid1203956/

https://infovaticana.com/2013/10/05/bergoglio-en-2010-sobre-el-matrimonio-homosexual-no-es-un-mero-proyecto-legislativo-sino-una-movida-del-padre-de-la-mentira/

https://www.infobae.com/sociedad/2021/07/15/la-historia-secreta-de-amor-y-amistad-detras-del-primer-casamiento-de-una-pareja-del-mismo-sexo-en-argentina/

 

- 2012, como jefe de la Ciudad de Buenos Aires *redacta un protocolo de abortos* según lo indicado por el fallo FAL, inconstitucional por definición, la corte falla a modo particular, nunca general.

 

-2012, a pesar de la orden de una jueza de *salvar la vida de un niño concebido en violación*, el jefe de gobierno y su vice jefa María Eugenia Vidal *deciden el aborto inmediato para el bebé.*

 

- Inicia junto a María Eugenia Vidal *la página* para adolescentes y jóvenes *Chau Tabú* con *orientación pro aborto e Ideología de Género.* Además, fomentando la masturbación.

 

- 2015, Macri elige todos sus ministros pro-aborto o aborto-tolerantes (en especial, al genocida ministro de salud), y además, apoya funcionarios y legisladores pro muerte

http://moralnetargentina.blogspot.com/p/aborto-en-argentina.html

 

- 2016, Junio. Macri dice ante cientos de miles de personas en el Congreso Eucarístico de Tucumán que va a defender la vida “desde la concepción hasta la muerte.” La gente pensó que quiso decir “hasta la muerte natural”, pero resultó “hasta la muerte por aborto”, engañando a todos los votantes, ya que siempre se definía como pro-vida.

http://moralnetargentina.blogspot.com/p/partido.html

 

- 2016, Macri elige dos jueces de la Corte Suprema abortistas (Rosatti y Rosenkranz) y mantiene a todos los demás, también cómplices del golpe de Estado que fue el fallo FAL:

 

- 2016 Macri pide a 13 expertos, adictos del gobierno, que elaboren un proyecto de ley para modificar el Código Penal: siguiendo sus instrucciones, incluyeron la legalización del aborto por despenalización, de acuerdo al caso F.A.L., pero ante las cámaras de TV, Macri seguía diciendo que no iba a despenalizar el aborto.

 

- Como presidente, en 2016, *hace una reedición del Protocolo de Abortos* Nacional, agradeciendo la colaboración por su redacción a Casa Fusa, representante de IPPF, multinacional del aborto en Argentina.

 

- 2017 Macri implementa un plan de derechos humanos abortista: el Primer Plan Nacional de Derechos Humanos (Decreto1024/2017), elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación (cf. Notivida Nº 1071).

 

- Julio de 2017: sale el Ministro Esteban Bullrich en Educación y entra Finocchiaro.

 

- Ponen en marcha el *plan Enia* de prevención del embarazo no intencional en la adolescencia que incluye aborto por considerar al embarazo adolescente, según la Organización Mundial de la Salud, una tortura.

 

- Noviembre 2017, una semana antes de asumir como presidente del G20, sale el Ministro Lemus de Salud y entra A. Rubinstein.

 

- Febrero 2018 el *Ministerio de Educación firma convenio con UNICEF, pro aborto, para Educación Sexual en las escuelas.*

 

- *1 de marzo anuncia el debate del proyecto de aborto* en el Congreso por primera vez en la Argentina "como deuda de la democracia". ¿Quién es el presidente de las 4 comisiones para pre-aprobar la votación del proyecto? El abortista y macrista Lipovetsky.

 

- Junio 2018, el Ministro de Salud de su gobierno expone en diputados sobre el *proyecto de aborto* "como problema de salud pública"

 

- Ejerce fuertes presiones sobre el poder legislativo para la votación en diputados y en senadores a favor del proyecto.

 

- Mañana del 14 de junio *el presidente felicita por el "debate maduro" acerca del triunfo del aborto en diputados.*

 

- Septiembre del 2018. Macri es propuesto presidente con el primer ministro de Inglaterra de la Coalición por los Derechos de LGBT mundial. Apadrinado por Justin Trudeau de Canada.

 

- Apertura del G 20: Macri dice trabajar para la " gobernanaza global"

 

- *el Ministerio de Educación firma convenio para la ESI (Educación Sexual Integral, léase promoción del aborto, abortivos, promiscuidad, perversión y 100 mentiras anticientíficas) con Fundación Huésped, abortista, para que esté a cargo de la Educación Sexual en las escuelas.*

http://moralnetargentina.blogspot.com/p/educacion-sexual-integral-vs.html

 

- El poder ejecutivo por medio de la ANMAT permite *la distribución en farmacias de todo el país de la droga misop200, abortiva,* " para abortos caseros" , cuando el prospecto detalla que sólo se puede vender en instituciones hospitalarias, con acceso a cirugía de urgencia y que no está testeado en menores de 18 años.

 

- Se presenta en la reunión del W20 con un discurso feminista, *a favor de las políticas de género, los derechos de la diversidad, celebra el debate sobre el aborto y dice " ya no hay vuelta atrás "* para estas políticas.

 

- Al día siguiente de la caída del proyecto abortista en el Congreso el presidente, el 9 de agosto, anuncia que es un tema cultural y de Educación, que seguirán trabajando por " más derechos para la mujer " y anuncia el fortalecimiento del Plan PENIA para las escuelas y la colocación de anticonceptivos a largo plazo (que en realidad son abortivos) y la importancia de que las mujeres puedan decidir cuándo ser madres.

 

- *Se obtiene el préstamo de u$ 200 para "políticas de género"* con 2 fuertes exigencias, la puesta en práctica del plan PENIA en las escuelas y la aprobación de la ley de obstétricas para que atiendan "eventos obstétricos" (incluso provocando abortos), sin la participación de un médico.

 

- se ofrece aborto con un 0800 en la página de la Secretaría de Salud de la Nación, no se ofrece ayuda para el embarazo inesperado.

 

- *por primera vez en la historia las “políticas de género" aparecen como parte del presupuesto nacional*.

 

- diciembre de 2018: sanción de la ley Micaela para capacitación en Género de los 3 poderes del estado, contenido a cargo del Consejo Nacional de la Mujer, presidenta Fabiana Túñez, lesbiana, de la Campaña por el Aborto.

 

- Mueren niños en provincias sin Protocolo de Abortos invocando el Protocolo Nacional que ni siquiera es una resolución ministerial.

 

- Marzo 2019, se niega el 0.01% del préstamo del BID para género a la Fundación Vida en Familia que había firmado convenio para la instalación de un 0800 pro vida que no aceptó ofrecer aborto.

 

- Llegan a hospitales y escuelas de distintos puntos del país representantes del plan Penia, financiados por el préstamo del B.I.D. para género, a promocionar aborto y anticoncepción.

 

- Está listo el Proyecto de Reforma del Código Penal que amplía los casos de no punibilidad en abortos para todo abuso sexual y en casos de Salud Psíquica y Física. Aclaremos que el aborto sigue siendo un delito, pero en la puesta en práctica, el Protocolo de Abortos tergiversa el código y toma los abortos no punibles como legales.

 

- Abril de 2019, media sanción para la ley de obstétricas exigida por el BID.

 

- Por primera vez aparece en el temario del examen de ingreso a las residencias de medicina el Protocolo Nacional de Abortos no Punibles aunque NO está en el temario de ninguna materia.

 

- 2019 Se ofrece aborto legal en hospitales de todo el país invocando el Protocolo, lo promocionan los medio gráficos, de radio y de televisión.

 

- Abril 2019. Se firma la resolución 348 del Consejo Federal de Educación, donde se le otorga a Fabiana Tuñez del Instituto Nacional de la Mujer la potestad sobre el contenido para capacitación en género en el sistema educativo nacional. Todos los educadores deben ser capacitados en género incluyendo ideología de género y aborto.

 

- Junio 2019. Tweet de Macri pidiendo a la Corte Suprema que refuerce el compromiso de los jueces de todo el país que imparta Justicia con perspectiva de género.

 

Conclusión

 

Macri no fue presidente de la Argentina porque uno de los requisitos exigidos por la Constitución es idoneidad (jamás puede ser idóneo un asesino serial impenitente) y jurar por la Patria sobre la Constitución o la Biblia (Macri no sólo no juró por la Patria sino que cometió perjurio ya que pensaba violar tanto la Constitución como la Biblia al apoyar el aborto).

 

El juramento de Macri fue nulo, ergo jamás asumió como presidente legítimo porque no cumplió ese requisito formal. Todos sus actos de gobierno fueron y son nulos, incluso la toma de deuda (que no tenemos por qué pagar).

 

Todo Cambiemos está infestado de abortistas. Por de pronto, la UCR fue fundada por masones y sus líderes son masones, siendo que la masonería apoya el aborto y la ideología de género como parte de su plan 2030 de gobierno mundial ( http://bit.ly/masones )

 

Ninguna persona de bien puede votar a Cambiemos, ni Frente de Todos, ni peronismo: gracias a ellos seguiremos teniendo abortos.

 

Son peores que Hitler, porque al menos los Nazis prohibían el aborto de su propio pueblo. Votarlos es ser cómplices del genocidio argentino. Somos peores que los Nazis: nuestro voto está ensangrentado, las urnas chorrean ríos de sangre inocente que cae sobre nuestras cabezas.

 

Nota: si se desea agregar algo al prontuario de Macri, favor de escribir a abortoNO arroba Gmail.com

lunes, 4 de abril de 2022

100 leyes provida anti-aborto

100 leyes PROVIDA

 

 

Para aplicar a nivel nacional, provincial o municipal.

 

El autor ofrece acompañarlas de:

1.      Texto completo adaptado a normas de nivel nacional, provincial o municipal

2.      Ejemplos de normas de otros países

3.      Bibliografía científica que avala lo enunciado

4.      Jurisprudencia nacional e internacional

5.      Declaraciones de sociedades médicas o científicas

 

¡Se te ocurre alguna más? Escribime y la comparto, si querés con tu nombre.

 

¿No te llama la atención que los representantes que se dicen celestes o provida no presentan ni un par de éstos proyectos? Si te interesa hacer un partido (más bien un unido) como Dios manda, con los 4 principios no negociables de ley natural (algo que no tiene ni un partido), contactame: estamos pensando en algo distinto, porque si seguimos fracasando así, sin resultados, van a seguir matando 1 bebé por minuto por décadas.

 

Federico Nazar

 

+5491141662100

 

1.      Hotline y call center 24x7 para asesorar para la vida o recibir denuncias anónimas o no.

 

2.      Recompensa por denunciar aborto ilegal, violación de consentimiento informado, aborto presionado, etc.

 

3.      Asignación Universal por Hijo o prenatal desde la concepción.

 

4.      Declarar el reconocimiento de la persona y sus derechos humanos desde la concepción y la nulidad de la ley de aborto, protocolos de aborto y fallo FAL en la provincia por violar su Constitución, que está por encima de una ley nacional, normas ministeriales y de un fallos de la Corte Suprema.

 

5.      Ley de prohibición de pena de muerte, para todo ser humano, desde la concepción.

 

6.      Ley de definición de derechos: no existen derechos sin obligaciones. No se pueden imponer obligaciones sin garantizar objeción de conciencia, incluso cooperación remota (objeción fiscal). No existe el derecho a asesinar a un inocente y menos si es un bebé por nacer o ya nacido.

 

7.      Ley de jura para postularse o asumir cualquier cargo público, tipo juramento hipocrático, pero sobre la Constitución Nacional y Provincial, o la Biblia.

 

8.      Ley de transparencia ética, que obligue a los candidatos a contestar un cuestionario exhaustivo sobre su postura ante temas vitales para la moral social como aborto, abortivos, anticonceptivos abortivos, fecundación artificial, investigación con embriones humanos, “eutanasia”, prostitución, legalización de estupefacientes, pornografía, etc. y toda pregunta que junte más de 100 firmas, que debe aplicarse a todos los candidatos de igual rango.

 

9.      Ley de financiación del aborto y abortivos: en caso de ser “legal” el aborto, se cobrará un impuesto/tasa adicional solamente a todos los que estén a favor, que se utilizará para proteger embarazadas vulnerables: si nadie quiere pagar (votan con su dinero), cae la norma y no queda legitimidad alguna para financiación pública del aborto.

 

10.  Ley de iniciativa popular electrónica (tipo EUROPEAN CITIZENS’ INITIATIVE) pero obligando a tratarla con cierto % de los votantes totales de la última elección del ejecutivo, a sancionarla si supera cierto %: con eso se sobrepasa al Congreso/Legislatura/consejo. 4 años para juntar las firmas antes de que expire.

 

11.  Ley de desobediencia civil y obediencia no debida: es nula y no se debe obedecer toda ley o norma que viole la ley natural o la Constitución Nacional o la Provincial o una norma superior. Tampoco una que viole la conciencia ante la ley divina (cultos reconocidos, no luciferinos como umbanda), por ejemplo, el Catecismo de la Iglesia Católica, la Biblia, etc.

 

12.  Ley de objeción fiscal: que ni un centavo vaya a parar a aborto, abortivos, eutanasia, etc.

 

13.  Ley de objeción de cooperación inmoral indirecta o remota: ídem anterior pero aplicable a seguros médicos, prepagas, obras sociales, sindicatos, etc.

 

14.  Lay de juicio político ciudadano: cualquiera puede presentar pruebas en cualquier momento y la comisión legislativa tiene obligación mostrar la evidencia y de contestar públicamente la denegación, pero hay obligación de tratarlo en sesión si se presentaron igual cantidad de firmas que para elegir al diputado que requirió menos votos para asumir.

 

15.  Ley de partidos políticos. La carta orgánica debe reconocer explícitamente la ley natural, la Constitución Nacional anti-aborto y la Constitución Provincial, siendo ésta superior a las leyes nacionales. También, el derecho de desobediencia civil ante una norma violatoria. Cada candidato debe firmar que está de acuerdo. Las listas deben armarse en base a elecciones internas, donde cada candidato ocupa su lugar según votos obtenidos. Prohibición de la financiación con fondos que no sean de personas físicas.

 

16.  Ley de protección de la embarazada vulnerable, incluyendo centros de acogida en caso de amenazas o abuso, capacitación laboral, bolsa de trabajo, vale alimentario, vale salud, capacitación maternal (desarrollo intrauterino y cuidado del embarazo y de bebés y niños), educación para el amor, etc.

 

17.  Prohibición del misoprostol, ya retirado en Francia por sus efectos adversos, incluyendo muertes de madres, como pasó ya en 2015 en Chubut con Keila Jones en un aborto “legal, gratuito y seguro”. Al menos, que vuelva el régimen anterior donde sólo se autoriza el misoprostol en hospitales (no farmacias). Penas severas para farmacéuticos. Recompensa a denunciantes.

 

18.  Prohibición de la mifepristona, utilizada para asesinar al bebé en el útero.

 

19.  Derecho a cuidados paliativos y derecho a anestesia a todo ser humano vivo que pueda sentir dolor (incluye a los bebés por nacer o ya nacidos por aborto fallido).

 

20.  Derecho a asistencia espiritual de todo ser humano impedido por estar preso u hospitalizado: permitiría bautismo de urgencia a todo aborto fallido, ingreso de Sacerdote a todas las secciones de hospital y cárceles (en especial si hay embarazadas), etc.

 

21.  Definir como “violencia contra la mujer”, mal llamada “de género”, exclusivamente, como “toda agresión física contra toda niña, adolescente o mujer (cromosomas XX), aún con consentimiento.”

 

22.  Declarar autoridades ilegítimas a todo funcionario que apoye el aborto, especialmente quienes estaban a favor del mismo al prestar juramento para poder asumir el cargo (perjurio impide la asunción legítima). Por lo tanto, todos sus actos de gobierno son nulos de nulidad absoluta (en especial, la sanción de normas pro-aborto y la toma de deuda pública).

 

23.  Declarar el 28 de Diciembre (día de los santos inocentes) como el día de los nuevos desaparecidos por la dictadura abortista anti-constitucional, gobierno de facto que surgió en 2012 a partir del fallo FAL.

 

24.  Disponer un fondo para que la gente vote a los merecedores del premio Herodes para los abortistas y del premio Pilatos para quienes se han lavado las manos en cuanto a defender la vida.

 

25.  Obligación de incluir grande en el frente del envase de los anticonceptivos, la tasa de falla real en prevenir fecundación y embarazo, la tasa de mujeres que abortan que estaban usando anticonceptivos (80%) y la tasa de aborto (por su efecto abortivo o anti-implantatorio). También, sus efectos adversos en prospecto, incluyendo riesgos. Además, la tasa de efectividad/falla real de la naprotecnología.

 

26.  Para anticonceptivos y tests de embarazo, obligación de incluir en envase y prospecto datos de desarrollo intrauterino, teléfono y sitio web de apoyo a la mujer embarazada.

 

27.  Ley de consentimiento informado para abortos procurados, para progenitores y abuelos del niño por nacer: desarrollo intrauterino, obligación de ver la ecografía y de escuchar el corazón, riesgo de anestesia, riesgo quirúrgico, riesgo farmacológico, posibilidad de reversión, detalle crudos y gráficos de cómo será el procedimiento, incluyendo fotos de bebés asesinados, apoyos del Gobierno y ONGs para embarazadas, preguntas sobre coacción o violencia, hogar seguro para poder escapar a situaciones de presión, etc.

 

28.  Derecho al consentimiento informado sobre abortivos, tasa de fallas y terribles efectos secundarios de los anticonceptivos para las madres

 

29.  Bajo pena de complicidad: obligación de denunciar inmediatamente a un fiscal toda violación o abuso sexual físico de toda persona (eso evita las falsas causales de violación sin obligación de denuncia, por las que hoy se hacen decenas de miles de abortos),

 

30.  Obligación de crear una central para recibir denuncias en un 0800, WhatsApp, Facebook, Instagram, Snapchat, email y web, con capacidad de respuesta inmediata coordinada con policía, refugios para mujeres víctimas, consejerías para la vida, etc.

 

31.  Capacitación a alumnos, maestros y personal de la salud para detectar situaciones de violencia y abuso sexual y obligación de denunciar toda sospecha a la central.

 

32.  Prohibición de contenidos ideológicos anti-científicos, por ejemplo, anti-vida y anti-natalistas:

 

a.      “Derecho al aborto”

 

b.      Educación Sexual Integral (ESI) y Prevención del Embarazo No Intencional en la Adolescencia (PENIA) que logran el efecto contrario al declamado: más embarazos inesperados, abortos y muertes de los asistentes. En su defecto, prohibición de la transversalidad de dichos contenidos, y obligación de integrar contenidos de programas como Educación para el amor (EPA) y Educación Sexual Científica (ESCi) provida que reemplaza las 100 mentiras antivida y anticientíficas de la ESI.

 

c.       Educación ambiental integral (EAI): especialmente, todo lo que equipare los “derechos” de las personas no humanas (animales) con el hombre, el falso concepto de superpoblación humana, el falso concepto de derechos del planeta, la ecología cuyo fin no es el hombre, etc.

 

d.      El darwinismo: el falso concepto de “inteligencia” animal (que en realidad es instinto o destreza), evolución de la inteligencia humana desde la materia misma, negación del alma inmortal del hombre, etc. [1]

 

33.  Prohibición de la transversalidad y de los contenidos anti-natalistas anti-científicos e ideológicos de la Educación Ambiental Integral, como el concepto de sobrepoblación y de considerar la fertilidad como anti-ambiental y una carga de carbono. Inclusión de contenidos pro-natalistas.

 

34.  Creación de fiscalías especializadas, incluso con jurisdicción federal para poder cazar a los violadores que escapan a la justicia. Registro público de violadores donde uno puede consultar por DNI o nombre (casi la totalidad de los violadores son reincidentes)

 

35.  Adopción/guarda prenatal express del bebé por nacer Y la adolescente embarazada, incluso parcial hasta que nazca el bebé y se dé en adopción a otra familia

 

36.  Aumento de penas para el aborto procurado incluyendo a la madre en la figura del arrepentido a fin de que pueda denunciar a los abortorios clandestinos a cambio de una pena leve como un servicio comunitario.

 

37.  Prohibición de todo abortivo o sino, Ley de manipulación de sustancias peligrosas para la vida humana, incluyendo etiquetado (con calavera de distinto grado) y consentimiento informado (eso incluirá a los abortivos).

 

38.  Prohibición de inyecciones y vacunas ligadas a abortos o disecciones de bebés, habiendo alternativas éticas.

 

39.  Prohibición de experimentación con embriones humanos y su manipulación o descarte.

 

40.  Derecho a objeción de conciencia total, incluyendo objeción a derivar a otro hospital y a financiar con nuestros impuestos (ley de objeción fiscal). En realidad es al revés, el verdadero objetor es el pro-aborto porque objeta la constitución, los que llamamos objetores son en realidad cumplidores de la ley de leyes y de la ley natural.

 

41.  Certificación provida obligatoria con juramento constitucional provida para todo funcionario y empleado público (incluyendo sanitarios y docentes). Al menos requerir el juramento hipocrático o similar para ejercer la medicina o la asistencia médica (enfermeros, etc.).

 

42.  Obligación de los candidatos a contestar públicamente su postura respecto a cada tema o proyecto de ley provida.

 

43.  Facilitación para juicios de acción colectiva por abortos y abortivos, o de no ser posible, que sea el Estado el patrocinador o litigante.

 

44.  Inhabilitación para ejercer cargos públicos a todo quien haya hecho apología del crimen de aborto o eutanasia.

 

45.  Prohibición de alquiler/subrogación de vientres (gestación por sustitución): “un daño inaceptable al interés superior del menor y una explotación de la mujer, ambos tratados como objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos”. [2]

 

46.  Prohibición de compensación o “donaciones” a cambio de donación de óvulos o esperma.

 

47.  Reconocimiento del derecho del hijo a ser concebidos naturalmente del amor de su madre y padre, y a conocerlos.

 

48.  Rechazo de un supuesto derecho a tener hijo de forma anti-natural, donde prima el deseo de los adultos por encima del derecho natural de los hijos, la instrumentalización de la vida del hijo para satisfacer el deseo de terceras personas, y la concepción de un hijo como un derecho y no como un regalo, es decir, el hijo como “objeto de transacción”. [3]

 

49.  Prohibición y trabas a la industria de la muerte de la fecundación artificial. Consentimiento informado explicando que por cada bebé nacido 25 quedan en el camino y los graves riesgos de la estimulación ovárica y cosecha de óvulos, y de que la naprotecnología es más efectiva y además busca curar las causas de infertilidad en vez de agravarlas.

 

50.  Obligación de mantener congelados a los embriones hasta el fin del mundo: seguro de garantía.

 

51.  Incorporación de la enseñanza de los métodos de planificación familiar naturales en la educación, en especial, naprotecnología.

 

52.  Que se pueda cobrar a las Obras Sociales y prepagas asesoramiento y capacitación por medicina del comportamiento y prevención, por ejemplo, en los métodos naturales de planificación familiar.

 

53.  Prohibición absoluta de diagnósticos pre-implantatorios (fecundación artificial) o prenatales de discapacidad o características genéticas que no tengan vinculación directa con terapias prenatales, por ejemplo, ¿de qué sirve saber que el niño es Down sino para abortarlo? Presunción de culpabilidad: la carga de la prueba cae en quien efectúa un aborto de un niño Down o con discapacidad genéticamente detectable antes del aborto.

 

54.  Aumento de sanciones por abandono de mujer embarazada.

 

55.  Reconocimiento de la patria potestad del padre desde la concepción (obligatoriedad de consultarle antes de un aborto o en caso de embriones de la fecundación artificial) y pérdida de la misma en caso de denegar alimentos a la madre gestante como al hijo ya nacido o en caso de violación.

 

56.  Facilitación de cobro de cuota alimentaria a mujer embarazada.

 

57.  Prohibición de uso de recursos del Estado para abortos, abortivos o promover el aborto.

 

58.  Quita de beneficios sociales o previsionales para quien aborte (ANSES, leyes provinciales, etc. reconocen beneficio similares al del embarazo, por ejemplo, la asignación prenatal se cobra igual y se da licencia con sueldo !!!)

 

59.  Ayuda para la hyperemesis gravidarum

 

60.  Prohibición de prácticas peligrosas para la vida humana (incluyendo aborto, abortivos, etc.) desde la concepción (de no aprobarse, al menos, desde el primer latido).

 

61.  A todo bebé por nacer con actividad cardíaca (latidos), debe garantizársele atención neonatológica aunque sobreviviera un aborto natural o provocado y aunque no tenga prepaga ni Obras Sociales.

a.      Hay que estar seguros que por la redacción no esté reconociendo la legalidad del aborto.

b.      Las ecografías Doppler causan abortos y daño al bebé por nacer. Lo ideal sería ir de menor a mayor.

                                                              i.      Comprobar edad gestacional por última menstruación según declara la madre: si es inferior a x semanas (primer latido):

                                                            ii.      Escuchar los latidos (para eso no es necesario ecografía) y de ser de edad gestacional tan baja, que ni siquiera se puede escuchar con un estetoscopio o buen micrófono de contacto:

                                                          iii.      Ecografía de baja energía y frecuencia.

 

62.  Prohibición de tratamientos médicos y prácticas que causen dolor sin anestesia (aborto).

 

63.  Prohibición de aborto por descuartizamiento/desmembramiento o aborto por nacimiento parcial.

 

64.  Ley de entierro digno de restos humanos (incluyendo de abortos, órganos desechados en trasplantes, embriones desechados en tratamientos de fecundación artificial). Prohibición de esparcir cenizas.

 

65.  Redefinición de muerte cerebral que incluya paro cardio-respiratorio (actualmente se utiliza el falso concepto para cosechar órganos de donantes presuntos, pero el concepto impacta en el reconocimiento de un bebé anencefálico como persona con derecho a la vida).

 

66.  Reconocimiento del bebé anencefálico como persona con derechos humanos desde la concepción. Régimen de protección especial para bebés anencefálicos, cuidados neonatológicos, adopción especial, etc.

 

67.  Puerto seguro: establecer lugares en hospitales, departamento de bomberos, etc. donde las madres pueden dejar anónimamente a niños recién nacidos (normalmente hasta un mes pero lo ideal es más), sin responsabilidad penal. Son habitáculos calefaccionados y con alarma para que cuando se deja un bebé se lo vaya a buscar inmediatamente. Se ofrece una línea de atención telefónica gratuita (hotline) y se publicita obligatoriamente a través de los lugares donde están, hospitales, ginecólogos, ecógrafos, etc. [4]

 

68.  Ley Dachau: obligar a toda la población a ver lo que son los abortos filmados, así como las tropas norteamericanas obligaron a los pobladores cercanos a ingresar al campo de exterminio para que vean con sus propios ojos lo que había pasado en su vecindad sin que hicieran nada. [5]

 

69.  Otras leyes de minimización de daño (sólo en caso de ser imposible prohibirlo o penalizarlo).

1.      Prohibir aborto por desmembramiento, por solución salina o quemado químico o por nacimiento parcial.

2.      Períodos de espera obligatorios antes del aborto.

3.      Aborto por telemedicina.

4.      Exigir estándares para atender complicaciones del aborto (desangrado, septicemia, etc.).

5.      Exigir que abortistas pasen exámenes de consentimiento informado y de reversión de abortos en curso.

6.      Obligar a preguntar el motivo del aborto, por ejemplo, aborto selectivo por sexo o aborto por síndrome de Down (obviamente prohibidos por ser discriminatorios).

7.      Prohibir toda obligación o coacción a los proveedores de atención médica a participar en abortos o abortivos en contra de su conciencia y creencias religiosas. Permitir que el rechazo simplemente por cuestiones económicas (en especial a prepagas, Obras Sociales o Instituto Provincial de Salud).

8.      Establecer régimen de región o Ciudad Santuario libres de aborto y abortivos.

9.      Obligación del consentimiento de todos los progenitores para el aborto o eliminación del bebé por nacer.

10.  Prohibición de aborto de haber un familiar u adoptante que quiera hacerse cargo del niño y de la manutención de la madre hasta el parto.

 

70.  Ley de compensación por daños y perjuicios causados por abortos provocados: madres engañadas o presionadas, padres a quienes se les negó la patria potestad, abuelos o adoptantes, que hubieran querido criarlo, etc.

 

71.  Ley de atención al síndrome post-aborto: atención psicológica y ayudas para la reinserción laboral y social para síndrome post aborto.

 

Hay muchas más que no terminé de pasar, pero comencemos con esas.

 

Federico Nazar

 

+5491141662100